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    Veda electoral: Cuándo comienza y qué no se puede hacer

    El domingo se realizarán las elecciones legislativas 2025 en todo el país. Los ciudadanos irán a las urnas para elegir 24 senadores y 127 diputados, renovando parcialmente ambas cámaras del Congreso. En el marco de la jornada, los votantes deberán respetar la veda electoral establecida por el Código Electoral.

    23 de octubre de 2025 | 02:55
    Foto: Ilustración.
    Foto: Ilustración.

    La veda electoral comenzará el viernes 24 de octubre a las 8.00 y se extenderá hasta tres horas después de la finalización de los comicios del día domingo. Durante ese lapso, estarán prohibidas las siguientes actividades:

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    _ Reuniones de electores o depósito de armas en un radio de 80 metros alrededor de las mesas de votación.

    _ Espectáculos públicos al aire libre o en espacios cerrados, así como cualquier reunión no vinculada al acto electoral.

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    _ Publicación o difusión de encuestas, sondeos o proyecciones sobre los resultados.

    _ Entrega de boletas dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos (que este 2025 no tendría sentido, ya que se sufraga con Boleta Única, y se otorga en el lugar de votación)

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    _Venta de bebidas alcohólicas desde 12 horas antes de la elección y hasta tres horas después de su cierre.

    Los ciudadanos que incumplan la normativa podrán recibir multas de entre $10.000 y $100.000 o incluso ser detenidos por hasta 15 días si realizan propaganda política o exhiben banderas y distintivos partidarios en la vía pública durante la jornada electoral.

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