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    Boletín Oficial: El Gobierno de Milei prohibió los centros de estudiantes dentro de las cárceles

    La decisión del Ministerio de Seguridad que conduce Patricia Bullrich fue publicada este martes por la madrugada a través de la Resolución 372/2025. "Interfiere con la reinserción social", argumentaron.

    25 de marzo de 2025 | 05:35
    Foto: Ilustración.
    Foto: Ilustración.

    Según el artículo 1° de la normativa publicada en el Boletín Oficial el Gobierno determinó “no habilitar el funcionamiento de centros de estudiantes en el ámbito del Servicio Penitenciario Federal”.

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    Asimismo, estableció que no se permitirá “la permanencia de personas privadas de la libertad en los centros educativos o espacios de estudio fuera del horario en que deben asistir a las clases asignadas a cada uno de los internos”.

    En los considerandos, se indicó que “en el Complejo Penitenciario Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CPFCABA), en el Complejo Penitenciario Federal I (CPF I) y en el Complejo Penitenciario Federal IV (CPF IV) se encuentran organizados grupos de personas privadas de la libertad que invocan la representación de internos estudiantes y se denominan centros de estudiantes”.

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    En ese sentido , la medida resaltó que “la organización de centros de estudiantes en el ámbito del Servicio Penitenciario Federal, a la par de no estar expresamente reconocida legalmente ni por la administración penitenciaria, tergiversa la finalidad de readaptación social de los internos toda vez que impide, en los hechos, el cumplimiento de las pautas del régimen de progresividad”.

    Según el Ministerio que gestiona Patricia Bullrich se detectó que miembros de esos centros de estudiantes, bajo el pretexto de realizar tareas relacionadas a esa función, permanecían en los centros educativos fuera del horario en que cada uno debía estar allí. En este marco, se indicó que “la asistencia y permanencia de internos en los centros educativos durante toda la jornada impide que realicen las tareas obligatorias a los fines de la reinserción social, en particular, tareas laborales, como así también aquellas actividades necesarias para el mantenimiento de los espacios propios y comunes” de los establecimientos penitenciarios.

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