Cómo acceder al nuevo plan de ARCA para pagar deudas impositivas en 18 cuotas: quiénes pueden adherir y hasta cuándo
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó un régimen especial para regularizar obligaciones vencidas hasta el 30 de junio. La inscripción estará abierta hasta el 30 de octubre y alcanza a pequeños contribuyentes, pymes y entidades sin fines de lucro.
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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha un nuevo plan de facilidades de pago para que pequeños contribuyentes, micro, pequeñas y medianas empresas y entidades sin fines de lucro puedan regularizar deudas tributarias. La adhesión estará disponible hasta el 30 de octubre.
El régimen, oficializado mediante una resolución publicada en el Boletín Oficial, permite incluir obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social vencidas hasta el 30 de junio, junto con sus intereses y multas. Sin embargo, el organismo aclaró que el plan no contempla quitas de intereses ni la condonación de sanciones.
¿Quiénes pueden acceder?
Podrán adherirse:
- Micro y pequeñas empresas.
- Pequeños contribuyentes.
- Entidades sin fines de lucro.
- Medianas empresas (tramo 1 y tramo 2), con condiciones diferentes.
En el caso de los pequeños contribuyentes, la categoría incluye tanto monotributistas como inscriptos en impuestos nacionales, siempre que no superen el límite de ingresos correspondiente a la categoría K del Monotributo.
Cómo funciona el plan
Para las micro y pequeñas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro, las condiciones son:
- Hasta 18 cuotas.
- Anticipo del 5% de la deuda.
- Tasa de financiación del 2,75% mensual.
En tanto, para las medianas empresas (tramos 1 y 2) el esquema prevé:
- Hasta 15 cuotas.
- Anticipo del 10%.
¿Qué deudas se pueden incluir?
El plan permite regularizar:
- Impuestos nacionales.
- Obligaciones de la seguridad social.
- Deudas aduaneras.
- Retenciones y percepciones impositivas.
En el caso específico de retenciones y percepciones, el financiamiento será más acotado:
- Hasta 9 cuotas para pequeños contribuyentes y micro y pequeñas empresas.
- Hasta 7 cuotas para medianas empresas.
¿Qué conceptos quedan excluidos?
No podrán incorporarse al régimen:
- Anticipos y pagos a cuenta.
- Aportes a obras sociales.
- Cuotas de ART.
- Aportes al régimen de casas particulares.
- Cuotas correspondientes a otros planes de facilidades de pago vigentes.
¿Hasta cuándo hay tiempo para adherirse?
El régimen permanecerá abierto hasta el 30 de octubre, por lo que quienes mantengan deudas con el organismo tendrán poco más de tres meses para solicitar el plan y regularizar su situación fiscal.
Especialistas tributarios señalaron que la posibilidad de financiar las deudas representa un alivio para muchas empresas y contribuyentes, aunque advirtieron que el anticipo exigido y la tasa de financiación del 2,75% mensual, superior a la inflación estimada de los últimos meses, podrían limitar el acceso para algunos sectores con mayores dificultades financieras.
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