Cómo es la nueva fórmula de actualización de las cuotas de las prepagas que estableció hoy el Gobierno
La medida fue publicada hoy en el Boletín Oficial mediante el decreto 743/2022. Está firmada por Alberto Fernández junto a todos sus ministros. El escrito señala la importancia de "regular las actividades económicas llevadas a cabo dentro del ámbito de la medicina privada". Y aclara que "su debida prestación es considerada un derecho de los consumidores".
El Gobierno estableció una nueva fórmula de actualización de las cuotas de la medicina prepaga mediante la cual, a partir de febrero y durante 18 meses, el incremento del valor de las mismas tendrá como tope máximo el 90% del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte).
Las prepagas deberán ofrecer en forma obligatoria a sus usuarios y usuarias, a partir del 1° de enero de 2023, "idénticos planes de cobertura al que posean en la actualidad sin copagos, con la inclusión de copagos sobre las prestaciones de primer y segundo nivel, a un precio de, como mínimo, un 25% menor al plan sin copagos".
En cuanto a los aumentos, la medida establece que a partir del 1° de febrero de 2023 y por el plazo de 18 meses, el incremento del valor de las cuotas de las prepagas, incluidas aquellas que acceden al servicio por derivación de sus aportes obligatorios del sistema de obras Sociales, tendrá como tope máximo el 90% del índice Ripte del mes inmediato anterior publicado.
Esto se aplicará "respecto de los y las titulares contratantes que posean ingresos netos inferiores a seis salarios mínimos, vitales y móviles", aclara la normativa. La decisión del Gobierno respecto a las prepagas se da luego de que semanas atrás la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner cuestionara la autorización de un aumento en las cuotas de medicina prepaga.
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