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    Cuarentena: cuáles son los rubros que pueden retomar actividades desde el lunes

    Tal como anunció el presidente, a la lista de exceptuados del aislamiento preventivo y obligatorio se suman una serie de rubros que podrán retomar actividades este lunes, con las restricciones de cada caso. Personas con discapacidad y profesionales que los asisten; bancos; talleres mecánicos y gomerías; casas de repuestos; librerías e insumos informáticos. La mayoría deberá tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación.

    12 de abril de 2020 | 08:42
    Cuarentena: cuáles son los rubros que pueden retomar actividades desde el lunes

    El Gobierno nacional extendió al aislamiento preventivo y obligatorio hasta el 26 de abril inclusive pero amplió los rubros exceptuados de la cuarentena a algunas actividades y personas que, desde este lunes, podrán retomar tareas, con las restricciones de cada caso.

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    En primer lugar, el decreto autriza la circulación de las personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista, quienes podrán "realizar breves salidas en la cercanía de su residencia, junto con un familiar o conviviente".

    La persona asistida y su acompañante deberán portar DNI y certificado único de discapacidad (CUD) o prescripción médica que indique el diagnóstico e indique la necesidad de esas salidas, documento que puede ser confeccionado de manera digital.

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    Prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista quedan exceptuados y deben, de la misma manera, portar copia de DNI y del CUD del paciente o la prescripción médica correspondiente.

    Como se adelantó durante la última semana, los bancos están autorizados a atender al público desde el lunes, aunque exclusivamente con sistema de turnos y con los recaudos sanitarios que corresponden a la situación de emergencia.

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    Están autorizados a abrir sus puertas los talleres de autos y motos así como las bicicleterías, aunque sólo para ocuparse de tareas relacionadas con la reparación y mantenimiento de "vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular".

    También pueden retomar sus actividades los comercios de venta de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas, aunque sólo "bajo la modalidad de entrega puerta a puerta" y sin atención al público.

    De la misma manera, quienes fabriquen neumáticos, los vendan y los reparen podrán trabajar "exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular".

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    A su vez, aparecen exceptuados los negocios que se dediquen a la venta de artículos de librería e insumos informáticos, que podrán operar bajo la modalidad entrega a domicilio sin atención al público.

    "Los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios exceptuados", señala el decreto, que advierte que, con excepción de lo relacionado a personas con discapacidad, todos deben tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación en la página web tramitesadistancia.gob.ar.

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