Dólar ahorro: Ya se puede pedir la devolución del 35% en AFIP
Están incluidas también las compras con tarjetas de crédito y compra en moneda extranjera que se pague en pesos y la adquisición de pasajes al exterior. Cómo proceder quienes no son alcanzados por Bienes Personales e Impuesto a las Ganancias.
A partir del primer día hábil del año, ya se pueden empezar a solicitar las devoluciones de la percepción del 35% previsto por la Resolución General (AFIP) 4815 entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021 por operaciones en dólares. El trámite se realiza a través de la página web de la AFIP.
Están incluidas las percepciones que se practican por la compra de dólar ahorro, compras con tarjetas de crédito y compra en moneda extranjera que se pague en pesos, adquisición de servicios en el exterior a través de agencias de turismo, adquisición de pasajes al exterior, entre otras.
También hay que destacar que no se podrá realizar devolución del Impuesto PAIS (30%) por considerarse un gasto.
Quienes no son alcanzados por Bienes Personales e Impuesto a las Ganancias, deben seguir los siguientes pasos:
- Informar ante la AFIP la CBU de la cuenta bancaria en la que se realizará la devolución solicitada y poseer constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.
- Ir al servicio Devolución de Percepciones AFIP.
- Se encontrarán precargadas las percepciones practicadas en 2021 y que fueron informadas por los agentes de percepción a la AFIP.
- También se podrán cargar manualmente como en el caso anterior.
- Se puede seguir el trámite hasta su culminación, a través del servicio “Devolución de percepciones”.
- El monto de las solicitudes aprobadas será transferido para su acreditación en la cuenta bancaria informada por el contribuyente al momento de realizar la declaración de la CBU.
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