• Últimas Noticias
  • Turismo
  • Entrevistas
  • Empresas y Negocios
  • Secciones electorales
  • Funcionarios
  • Municipios
  • Empresas
La Noticia 1
domingo 30 de agosto de 2026

SECCIONES

  • Funcionarios
  • Municipios
  • Secciones electorales
  • Empresas
  • Últimas noticias
  • Información general
  • Elecciones 2025
  • Política
  • Policiales
  • Entrevistas
  • Cultura y espectaculos
  • Turismo
  • Empresas
  • #DeRedes
  • Informes
  • Deportes
  • Salud
  • Sociedad
  • Judiciales
  • Gremiales
  • Tecnología
  • Agro
  • Funcionarios
  • Municipios
  • Secciones electorales
  • Empresas
La Noticia 1
  • Ads
    Información GeneralAñadir como fuente en

    El Gobierno de Milei reglamentó el fondo para indemnizaciones: cómo funcionará el nuevo sistema y desde cuándo regirá

    El Ejecutivo nacional publicó este lunes el decreto que reglamenta el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), una de las herramientas incluidas en la reforma laboral. El esquema comenzará a aplicarse desde el 1° de noviembre de 2026 y busca garantizar el pago de indemnizaciones mediante aportes mensuales realizados por las empresas.

    1 de junio de 2026 | 08:39
    Foto: archivo internet
    Foto: archivo internet

    El Gobierno nacional reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), el mecanismo previsto en la reforma laboral para financiar el pago de indemnizaciones por despido. La medida quedó oficializada a través del Decreto 408/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial.

    Ads

    La norma reglamenta el Título II de la Ley de Modernización Laboral, sancionada este año, y lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado Federico Sturzenegger y el ministro de Economía Luis Caputo.

    El nuevo sistema estará destinado a empleadores del sector privado y alcanzará únicamente a trabajadores que se encuentren debidamente registrados. Según establece el decreto, el objetivo es contribuir al cumplimiento de las obligaciones vinculadas al pago de indemnizaciones sin modificar el régimen indemnizatorio vigente.

    Ads

    Para su funcionamiento, los fondos deberán instrumentarse a través de fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV). Cada empresa contará con una cuenta individual específica, separada de otros patrimonios y destinada exclusivamente a cubrir eventuales indemnizaciones.

    Puede interesarte

      La reglamentación también dispone que los fondos deberán contar con recursos suficientes para garantizar la cobertura total de las obligaciones indemnizatorias, incluso en escenarios de aumento de despidos o dificultades económicas.

      Ads

      Uno de los puntos centrales es que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será la encargada de recaudar y transferir las contribuciones que realicen los empleadores. Para ello, cada empresa deberá informar un identificador denominado "ID FAL", que permitirá asignar correctamente los aportes al fondo correspondiente.

      En caso de producirse una desvinculación laboral, la entidad administradora tendrá un plazo máximo de cinco días hábiles para transferir los montos correspondientes al trabajador, una vez presentada la documentación requerida.

      Fondo para despidos: cómo funcionará el sistema que reglamentó el Gobierno y qué cambia para las empresas

      El decreto también establece que los recursos solo podrán invertirse en instrumentos financieros emitidos y negociados dentro de la República Argentina. Además, contempla la posibilidad de trasladar los fondos entre distintos vehículos de inversión, bajo las condiciones que determine la CNV.

      Ads

      Entre los beneficios previstos, se incluye la exención del impuesto sobre los créditos y débitos bancarios para las cuentas utilizadas por estos fondos y un tratamiento específico en el impuesto a las Ganancias. Asimismo, las contribuciones realizadas podrán descontarse de las contribuciones patronales al sistema de seguridad social, de acuerdo con lo establecido por la ley.

      El régimen entrará en vigencia el 1° de noviembre de 2026. Hasta entonces, los organismos involucrados deberán dictar las normas complementarias necesarias para su implementación.

      Temas
      • El País
      AUTOR
      Foto de La Noticia 1La Noticia 1
      Comentarios

      Para comentar, debés estar registradoPor favor, iniciá sesión

      INGRESA

      Distritos relacionados

      • EP

        El País

      Ads
      Ads
    La Noticia 1
    Añadir como fuente en
    Páginas
    • Funcionarios
    • Municipios
    • Secciones electorales
    • Empresas
    NOTICIAS POR RUBRO
    • Información general
    • Elecciones 2025
    • Política
    • Policiales
    • Entrevistas
    • Cultura y espectaculos
    • Turismo
    • Empresas
    • #DeRedes
    • Informes
    • Deportes
    • Salud
    • Sociedad
    • Judiciales
    • Gremiales
    • Tecnología
    • Agro
    2026 | La Noticia 1 | Todos los derechos reservados: www.lanoticia1.comRegistro de Prop. Intelectual Nº 53092474 · Edición Nº 5990 - Propietario: La Opinión Semanario SRL - Director Responsable: Lidia Inés Berardi - Liniers 71, San Pedro, Buenos Aires.
    Términos y condicionesPrivacidadCentro de ayuda
    Powered by
    artic logo