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    El REPRO 2 puede tramitarse hasta el 31 de agosto

    La asistencia a las empresas consiste en el pago de una suma mensual a los trabajadores a cuenta de sus correspondientes remuneraciones. Apunta a gastronómicos, empresas de turismo, y otros sectores de la economía considerados como sectores críticos desde la irrupción de la pandemia, se indicó desde AFIP.

    25 de agosto de 2021 | 19:37
    El REPRO 2 puede tramitarse hasta el 31 de agosto

    El sistema para que las empresas tramiten a través del sitio web de la AFIP la inscripción al programa REPRO 2 estará habilitado hasta el 31 de agosto inclusive, informó el organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont.

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    El Programa de Recuperación Productiva 2 es una herramienta diseñada por el Gobierno nacional para sostener el empleo en sectores con dificultades económicas en el marco de la pandemia del COVID-19.

    La asistencia a las empresas consiste en el pago de una suma mensual a los trabajadores a cuenta de sus correspondientes remuneraciones. "La medida beneficiará a gastronómicos, empresas de turismo, y otros sectores de la economía considerados como sectores críticos desde la irrupción de la pandemia", se indicó.

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    Los montos del beneficio que perciben directamente los trabajadores de cada empresa dependen del sector:

    - Sectores no críticos: $ 9.000
    - Sectores críticos: $ 22.000
    - Sector salud: $ 22.000

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    Para acceder al beneficio, los empleadores deberán cumplir con los parámetros establecidos para, al menos, cuatro de los indicadores que se detallados en Medidas de Alivio. Para determinar la nómina de personal y el monto de los salarios se considerará como referencia al mes de julio de 2021.

    En tanto, para el cálculo de la variación interanual de la facturación, la normativa dispone que se utilizan los datos correspondientes a los meses julio de 2019 y julio de 2021.

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