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    El Senado convirtió en ley el proyecto que baja la edad de imputabilidad

    La iniciativa permitiría procesar a adolescentes desde los 14 años, con penas alternativas para delitos menores. Además establece un máximo de 15 años de prisión para casos graves.

    27 de febrero de 2026 | 18:34
    Senado
    Senado

    El Senado de la Nación convirtió en ley la norma que propone bajar la edad de imputabilidad de 16 a 14 años. La iniciativa obtuvo 44 votos afirmativos, 27 negativos y una abstención. 

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    La nueva norma de Régimen Penal Juvenil deroga las leyes 22.278 y 22.803, que rigen desde 1980 y establece un nuevo esquema de responsabilidad penal para adolescentes de entre 14 y 18 años, con límites específicos para la prisión, un máximo de 15 años de condena y la prohibición de aplicar perpetua.

    El presidente Javier Milei, a través de la cuenta oficial de la Oficina del presidente, mostró su satisfacción con la sanción. “Con esta ley, la Argentina cierra un capítulo de cuatro décadas de inacción legislativa y actualiza un marco normativo que permanecía desconectado de la realidad criminal del siglo XXI”, señaló.

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    “La baja de la edad de imputabilidad a los 14 años no es solo un cambio legal, sino un acto de justicia hacia la sociedad. A partir de hoy, quien tiene la capacidad de comprender la gravedad de sus actos asume, sin excepciones, la responsabilidad de responder ante la ley. Delito de adulto, pena de adulto”, agregó.

    pic.twitter.com/sS59nzrsz2

    — Oficina del Presidente (@OPRArgentina) February 27, 2026

    Hoy, si una persona menor de 16 años comete un delito, no puede ser juzgada ni condenada penalmente. En estos casos, la causa queda a cargo de un juzgado de menores, que actúa desde una lógica tutelar. Ahora el proyecto establece que un adolescente puede ser imputado penalmente desde los 14 años.

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    Cuando sea condenado por un delito que contempla penas de hasta 3 años, no habrá prisión efectiva, es decir, no irá preso.

    Pero cuando la pena prevista supere los 3 años y sea de hasta 10 años, el tribunal podrá reemplazar la prisión por penas alternativas —como tareas comunitarias, programas educativos o monitoreo electrónico— siempre que el hecho no haya implicado la muerte de la víctima ni una violencia física o psíquica grave, que el adolescente no tenga condenas previas ni otros procesos firmes en trámite, y que exista dictamen pericial favorable, con conformidad del fiscal y previa audiencia a la víctima, según publica el sitio Chequeado.

    Asimismo este proyecto prohíbe expresamente la prisión perpetua para adolescentes y la posibilidad de aplicar penas más duras o privativas de la libertad está más restringida a delitos graves y sujeta a condiciones y controles.

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