Exigirán el certificado de "libre deuda" para guardas con fines de adopción
Es tras un cambio en el funcionamiento del Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
La Suprema Corte de Justicia dispuso incorporar como requisito para quienes se ofrecen como aspirantes a guardas con fines de adopción la presentación del certificado de libre deuda emitido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la provincia de Buenos Aires.
El tribunal supremo bonaerense dispuso la medida a través del Acuerdo Nº 4184.
“Ello en orden a que los postulantes den cuenta de la capacidad parental acorde a las necesidades de los niños, niñas y adolescentes que esperan por una familia”, indicaron.
La medida responde a un cambio en la Ley 13.074 que regla el funcionamiento del Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la provincia de Buenos Aires.
En el artículo 3 de la Ley 15.520, modificatorio del artículo 5 de la Ley 13.074, las instituciones y organismos públicos oficiales, provinciales o municipales, no darán curso a determinados trámites o solicitudes sin el informe correspondiente del Registro de Deudores Alimentarios Morosos con el "libre deuda registrada", incluyéndose entre ellos los pedidos de inscripción en el Registro Central de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos.
Para comentar, debés estar registradoPor favor, iniciá sesión