La Anmat prohibió la venta de una popular golosina
El producto "Copito de nieve, heladitos secos" no cumplía con la normativa alimentaria vigente, según el análisis del organismo.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) ordenó prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país del producto rotulado como “Copito de Nieve, Heladitos Secos”.
La investigación se inició a partir de una notificación de la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la Provincia de Córdoba, que, en el marco de un programa de vigilancia provincial, detectó la comercialización de “Copito de Nieve, Heladitos Secos, R.N.E. N°: 04017294, R.N.P.A. N°: 04039186-04039187, Vencimiento: 21/07/2026” en un comercio de la ciudad de Córdoba.
Tras tomar muestras reglamentarias y analizarlas, el resultado fue categórico: el producto no cumplía con la normativa alimentaria vigente.
“El análisis de la muestra arrojó un resultado “no conforme” en lo que respecta a la rotulación del producto, dado que el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) N° 4039186-04039187 y el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) N° 04017294 que se exhiben en el rótulo de producto investigado son inexistentes”, señala la resolución publicada en el Boletín Oficial.
El Instituto Nacional de Alimentos (INAL), dependiente de la Anmat, intervino a través de su Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional, que confirmó la infracción
El análisis subrayó que, al no poder identificarse fehacientemente el origen del producto ni el establecimiento responsable de su elaboración o fraccionamiento, queda prohibida su producción y venta en todo el territorio nacional, incluyendo plataformas de venta en línea. La disposición también alcanza a cualquier otro alimento que utilice los mismos números de registro inexistentes, por considerarlos igualmente apócrifos.
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