• Últimas Noticias
  • Turismo
  • Entrevistas
  • Empresas y Negocios
  • Secciones electorales
  • Funcionarios
  • Municipios
  • Empresas
La Noticia 1
jueves 03 de septiembre de 2026

SECCIONES

  • Funcionarios
  • Municipios
  • Secciones electorales
  • Empresas
  • Últimas noticias
  • Información general
  • Elecciones 2025
  • Política
  • Policiales
  • Entrevistas
  • Cultura y espectaculos
  • Turismo
  • Empresas
  • #DeRedes
  • Informes
  • Deportes
  • Salud
  • Sociedad
  • Judiciales
  • Gremiales
  • Tecnología
  • Agro
  • Funcionarios
  • Municipios
  • Secciones electorales
  • Empresas
La Noticia 1
  • Ads
    Elecciones 2025Añadir como fuente en

    La Cámara electoral revocó la habilitación de Cristina Kirchner y no podrá votar por su condena

    La ex vicepresidenta fue condenada a 6 años de prisión e inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos. Ello incluye la exclusión del padrón.

    15 de septiembre de 2025 | 16:33
    Foto: AFP
    Foto: AFP|PH: Agencia

    La Cámara Nacional Electoral (CNE), en un fallo unánime, revocó la decisión judicial que habilitaba a Cristina Kirchner para ejercer su derecho al voto, a pesar de su condena firme a seis años de prisión en la causa "Vialidad".

    Ads

    La decisión del tribunal, integrado por los jueces Santiago Corcuera, Alberto Dalla Vía y Daniel Bejas, anula la resolución del pasado 18 de julio de la jueza federal subrogante de Río Gallegos, Mariel Borruto.

    La magistrada había declarado la inconstitucionalidad de los artículos 19° inciso 2 y 12 del Código Penal, junto con el artículo 3 inciso "e" del Código Nacional Electoral, que establecen la inhabilitación absoluta y exclusión del padrón de personas condenadas por delitos dolosos.

    Ads
    Puede interesarte

      La CNE argumentó su decisión basándose en el caso "Procuración Penitenciaria", donde el Tribunal Superior había declarado la inconstitucionalidad de las normas, pero había requerido al Congreso "revisar la reglamentación vigente sobre el derecho de sufragio de las personas con condena penal", alertando sobre la imposición de "restricciones genéricas y de carácter automático".

      Además, la Cámara recordó el precedente "Orazi" de la Corte Suprema, que analizó el reclamo de un afectado que consideraba que diferir su derecho a votar hasta una reglamentación del Poder Legislativo era violatorio de la "garantía de tutela judicial efectiva". La Corte, en aquel entonces, dejó en claro que no se podía habilitar de oficio y de forma genérica, sino que debían cumplirse ciertas "condiciones mínimas".

      Ads

      Según la CNE, la decisión de la jueza Borruto fue revocada porque no se cumplieron "condiciones mínimas" establecidas en el precedente “Orazi” como que la cuestión debía tratarse en un “caso concreto, instado por petición del interesado o del Ministerio Público”; que el fallo original fue dictado de oficio, sin que Cristina Kirchner o el Ministerio Público lo solicitaran; y que debía verificarse que la posibilidad de votar fuera "jurídica y fácticamente viable" y "de acuerdo al tipo y la naturaleza del delito que motiva la inhabilitación".

      Al no haberse considerado ninguna de estas condiciones en la sentencia apelada, y al haberse dictado de oficio, la Cámara Nacional Electoral resolvió revocar la habilitación, dejando a Cristina Kirchner fuera del padrón electoral.

      Ads
      Temas
      • El País
      AUTOR
      Foto de La Noticia 1La Noticia 1
      Comentarios

      Para comentar, debés estar registradoPor favor, iniciá sesión

      INGRESA

      Funcionarios relacionados

      • imagen Cristina Fernández de Kirchner

        Cristina Fernández de Kirchner

      Distritos relacionados

      • EP

        El País

      Ads
      Ads
    La Noticia 1
    Añadir como fuente en
    Páginas
    • Funcionarios
    • Municipios
    • Secciones electorales
    • Empresas
    NOTICIAS POR RUBRO
    • Información general
    • Elecciones 2025
    • Política
    • Policiales
    • Entrevistas
    • Cultura y espectaculos
    • Turismo
    • Empresas
    • #DeRedes
    • Informes
    • Deportes
    • Salud
    • Sociedad
    • Judiciales
    • Gremiales
    • Tecnología
    • Agro
    2026 | La Noticia 1 | Todos los derechos reservados: www.lanoticia1.comRegistro de Prop. Intelectual Nº 53092474 · Edición Nº 5994 - Propietario: La Opinión Semanario SRL - Director Responsable: Lidia Inés Berardi - Liniers 71, San Pedro, Buenos Aires.
    Términos y condicionesPrivacidadCentro de ayuda
    Powered by
    artic logo