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    La Corte bonaerense avaló multas millonarias contra Rappi y Pedidos Ya por infracciones laborales

    El gobierno de Axel Kicillof había aplicado multas millonarias por detectar irregularidades en más de 170 repartidores. Las apps recurrieron al máximo tribunal y perdieron el litigio.

    11 de abril de 2026 | 10:13
    Las autoridades relevaron a más de 170 repartidores en distintos distritos.
    Las autoridades relevaron a más de 170 repartidores en distintos distritos.|PH: Internet

    En medio del debate sobre las condiciones de trabajo en plataformas digitales, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires confirmó multas millonarias aplicadas por el gobierno de Axel Kicillof contra las empresas de reparto Rappi Argentina y Pedidos Ya por infracciones laborales detectadas en inspecciones oficiales.

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      Un conflicto que viene de años

      El origen de la disputa se remonta a operativos de fiscalización realizados entre 2020 y 2022 por el Ministerio de Trabajo bonaerense, entonces conducido por Mara Ruiz Malec. En esas inspecciones, las autoridades relevaron a más de 170 repartidores en distintos distritos y detectaron irregularidades generalizadas.

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      Según los informes oficiales, más del 97% de los trabajadores no contaba con cobertura de salud laboral, aguinaldo ni vacaciones, lo que derivó en sanciones económicas contra las plataformas. Las empresas, sin embargo, rechazaron las multas y llevaron el caso a la Justicia, negando la existencia de una relación laboral con los repartidores.

      Qué resolvió la Corte

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      El máximo tribunal bonaerense convalidó el accionar del Estado provincial. En el caso de Rappi, rechazó todos los recursos presentados por la empresa y dejó firme la multa aplicada, que ya había sido ratificada por instancias anteriores.

      Los jueces consideraron que el procedimiento administrativo fue válido, que las inspecciones se realizaron conforme a derecho y que las actas labradas tienen valor probatorio si no son desmentidas con pruebas contundentes, algo que, según señalaron, la empresa no logró hacer.

      En una línea similar, la Corte también respaldó las sanciones contra Pedidos Ya (razón social Repartos Ya S.A.), aunque en este expediente habilitó una revisión parcial de algunos aspectos técnicos sin modificar el fondo de la cuestión.

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      Uno de los aspectos más relevantes del fallo es que ratifica las facultades del Ministerio de Trabajo para inspeccionar, interpretar normas laborales y sancionar incumplimientos, incluso en sectores con esquemas de contratación no tradicionales como las plataformas digitales.

      De esta manera, el tribunal rechazó el planteo de las empresas que buscaban limitar ese poder al ámbito exclusivamente judicial y dejó en claro que el Estado puede intervenir para garantizar el cumplimiento de la legislación vigente.

      Si bien la Corte evitó pronunciarse de manera definitiva sobre el estatus laboral de los repartidores, en la práctica convalidó los criterios de instancias previas que aplicaron la presunción de relación laboral.

      El fallo no cierra definitivamente el conflicto. Todavía hay otras multas aplicadas en el mismo período que siguen en discusión judicial, lo que anticipa nuevos capítulos en la disputa entre el Estado bonaerense y las empresas del sector.

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