La Junta electoral bonaerense impulsa un anteproyecto con cambios en plazos electorales y de las campañas
El organismo propone ampliar los tiempos para la presentación de alianzas, listas y boletas. También regular las campañas electorales y la difusión de encuestas.
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Ante un eventual desdoblamiento como ocurrió en las Legislativas 2025, la Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires aprobó un anteproyecto de ley para modificar distintos plazos del cronograma electoral y remitió la iniciativa al Ministerio de Gobierno para que sea tratada por la Legislatura bonaerense.
La propuesta apunta a reformar aspectos de diversas leyes en materia electoral. La resolución lleva las firmas de la presidenta de la Suprema Corte bonaerense y titular de la Junta Electoral, Hilda Kogan, junto a los vocales del organismo.
En la resolución, el organismo sostuvo “si bien ya se ha manifestado en reiteradas oportunidades sobre la necesidad de realizar una reforma integral de dichas normativas, resulta imperioso, al menos, llevar adelante una reforma de los plazos electorales previstos” en la normativa vigente.
Asimismo se recordó que durante el proceso electoral de 2025 ya había advertido sobre las dificultades operativas que podía generar el desdoblamiento electoral en la provincia. Cabe mencionar que para las elecciones provinciales celebradas el 7 de septiembre de 2025, la Legislatura bonaerense modificó los plazos electorales: las listas de candidatos se presentaron con 50 días de anticipación, mientras que la entrega y oficialización de boletas se realizó 30 días antes.
Según argumentó el organismo, ampliar los tiempos permitiría “humanizar el trabajo” de los empleados de la Junta por el volumen de tareas, pero también garantizar que los partidos políticos cuenten con “el tiempo suficiente para ejercer su derecho de defensa y puedan competir en la contienda electoral”.
En los fundamentos, la Junta Electoral sostuvo que una restricción “irrazonable” de los plazos “pone en jaque el debido proceso electoral” y advirtió que el sistema democrático “no debe entenderse como un conjunto de formas rígidas”, sino como un mecanismo destinado a garantizar la voluntad popular.
Entre las principales modificaciones, el anteproyecto establece
- las alianzas transitorias deberán solicitar su reconocimiento con una anticipación mínima de 80 días antes de las PASO.
- las listas de candidatos deberán presentarse hasta 60 días antes de la elección
- las boletas partidarias deberán ser oficializadas con un plazo no menor a 45 días previos a los comicios
- la convocatoria a elecciones debe ser realizada por el Poder Ejecutivo con una anticipación mínima de 90 días.
- Regulación de las campañas electorales: que comiencen 60 días antes de la elección y finalicen 48 horas antes de los comicios
- la propaganda en medios televisivos, radiales y gráficos debe limitarse a los 15 días previos a la votación
- la difusión de encuestas y sondeos electorales sólo puede realizarse hasta ocho días antes de la elección.
- restricciones para los actos de gobierno y la publicidad oficial durante los 15 días previos a los comicios
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