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    La Suprema Corte bonaerense le dio licencia a la jueza Makintach y corrió vista al Procurador para que impulse el jury

    La magistrada del escándalo gozará de una licencia de 90 días. La demoledora resolución.

    28 de mayo de 2025 | 20:55
    Licencia para Makintach
    Licencia para Makintach|PH: Internet

    Tras su escandalosa salida del juicio por la muerte de Diego Maradona, la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires le otorgó una licencia a Julieta Makintach y corrió vista al Procurador Julio Conte Grand para que evalúe el impulso de un jury de enjuiciamiento. 

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    En su resolución, la parte resolutiva señala: “Disponer el otorgamiento de una licencia por el término de noventa días a partir del día de la fecha a la doctora Julieta Makintach, integrante del Tribunal en lo Criminal N° 2 del Departamento Judicial San Isidro”.

    En su artículo 2º, los supremos resolvieron: “Conferir vista al señor Procurador General de lo actuado, a fin de que evalúe el actuar de la Dra. Makintach en los términos de la Ley N° 13.661, en orden a la pertinencia de la acusación de conformidad con el artículo 182 de la Constitución Provincial”. Esto es en concreto el posible enjuiciamiento de la jueza tras su poco ético accionar durante el juicio que se celebró en los Tribunales de San Isidro.

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    La Suprema Corte evaluó que "la gravedad de los hechos allí investigados (por su participación en el documental) denotarían el incumplimiento de deberes que podrían comprometer a la magistrada en distintas esferas de responsabilidad".

    “El análisis inicial de los antecedentes puestos de relieve y de la presentación efectuada por la Subsecretaria de Control Disciplinario de esta Suprema Corte, permite advertir las características inusitadas de la participación que habría tenido la magistrada en un film o video, supuestamente documental, referido al proceso penal” por la causa de Maradona, “a cuyo desarrollo ajustado a derecho debía destinar su excluyente atención, pues sobre ellas habría de sentenciar”, plantea la resolución.

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    Y continúa: “De dicho examen liminar se desprende una intervención de la mencionada que evidencia, prima facie, y cuanto menos, una conducta alejada de la sobriedad, la mesura y la corrección exigibles a todo servidor de este poder del Estado. Así enfocado, semejante obrar, inconciliable con el decoro y la prudencia que impone apego a la juridicidad, contrastaría abiertamente con el desempeño responsable de la jurisdicción”.

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