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    Ordenan a la UP 9 que use tecnología para evitar prácticas humillantes en las requisas a las visitas

    Familiares de personas detenidas habían exigido "hacer cesar los actos lesivos y reparar las omisiones de las autoridades penitenciarias que no protejan su dignidad y respeto” con el objetivo de resguardar el trato digno al momento de efectuar las visitas.

    6 de agosto de 2022 | 00:30
    Ordenan a la UP 9 que use tecnología para evitar prácticas humillantes en las requisas a las visitas

    “Todos los días de la semana, durante el horario de la mañana, un grupo de agentes penitenciarios (femeninos y masculinos), que desempeñan sus funciones en la sección visitas, despliegan un ataque directo hacia las personas que concurren a visitar a los allí detenidos, particularmente contra mujeres y niños, al imponerles ciertos procedimientos que se caracterizan por su carácter mortificante, ilegítimo y humillante, lo que generó que en varias oportunidades ingresaran llorando como consecuencia del maltrato recibido”, relató en su presentación la parte denunciante, es decir la Comisión Por la Memoria (CPM)

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    Según lo informado, al ingresar a la Unidad Penal, las familias son conducidas a un sector en el que son obligadas a desnudarse completamente, levantar las axilas, abrir la boca, sacudirse el cabello, levantar la planta de los pies, cambiarse los protectores femeninos y, en los casos de bebés, los pañales; acciones que son supervisadas por personal penitenciario.

    De acuerdo al habeas corpus, varias personas han recibido amenazas, gritos e insultos por parte de las mujeres que se desempeñan en esa área frente a las quejas de los familiares por los malos tratos.

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    “Este cuadro de vejaciones y vulneración de derechos impacta directamente sobre las personas detenidas, ya que muchas veces ven obstruida la posibilidad de recibir la visita de familiares y amigos, a quienes se les llega a retener indebidamente documentos personales”, destacó la CPM.

    Ante la denuncia, el Juzgado Correccional 1 consideró que, frente a la “posible afectación de derechos de raigambre constitucional y convencional, se hace indispensable construir mecanismos de protección que eviten desbordes ilegítimos, como el que emana de los actos aquí cuestionados”.

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    “Más allá de la existencia de mecanismos alternativos, las requisas corporales manuales -con el fin de evitar el ingreso al establecimiento de materiales prohibidos o peligrosos- se practican, pudiendo encontrarse afectados los derechos a la intimidad, dignidad y honra”, señaló la resolución.

    Para ello, "resulta necesario articular los procedimientos tecnológicos de control con los registros y requisas convencionales, debiendo resguardar siempre el respeto al pudor, la dignidad y la integridad sexual de quienes son registrados”.

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