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    Pandemia Covid-19: La ANMAT prohibió un alcohol etílico

    Es porque la empresa que lo produce no tiene registro. Se trata del producto rotulado como “Alcohol Etílico 96°- ALCOHOL- USO MEDICINAL CALIDAD FARMACOPEA ARGENTINA, CONT. NETO 500 ml INDUSTRIA ARGENTINA, lote: 362/4, vto: 04/22, Elaborado y fraccionado por alcohol Argentina, Empresa B Certificada”.

    31 de marzo de 2021 | 20:28
    Pandemia Covid-19:  La ANMAT prohibió un alcohol etílico

    La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta en todo el territorio nacional de un alcohol etílico porque la empresa que lo produce no tiene registro.

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    A través de la Disposición 2386/2021, publicada en el Boletín Oficial, la entidad prohibió el producto rotulado como “Alcohol Etílico 96°- ALCOHOL- USO MEDICINAL CALIDAD FARMACOPEA ARGENTINA, CONT. NETO 500 ml INDUSTRIA ARGENTINA, lote: 362/4, vto: 04/22, Elaborado y fraccionado por alcohol Argentina, Empresa B Certificada”.

    Según pudo comprobar Anmat, a pesar de que la etiqueta del alcohol señala que se trata de un "establecimiento habilitado por Resolución ANMAT 601/91, Legajo N° 9641", la empresa no se encuentra en el listado de empresas habilitadas “en los términos de la Resolución Ms. y As. N° 508/94 y por tanto el producto tampoco se encuentra autorizado".

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    "La Dirección de Gestión de Información Técnica informó que el legajo N° 9641 no pertenece a ninguna firma habilitada ante la Administración Nacional en el rubro medicamentos, por lo tanto, la información consignada en el rótulo es errónea, toda vez que tales datos son inexistentes", indicó la Disposición.

    La prohibición de venta, distribución y uso se debe a que se trata de "un producto respecto del cual se desconoce el efectivo origen, condiciones de elaboración y contenido y resultando ser peligroso para la salud de los pacientes a los que se administre, toda vez que no puede garantizarse su calidad, seguridad y eficacia".

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    "El alcohol es un producto que se utiliza sobre la piel como antiséptico o como ingrediente de formulaciones cosméticas y de higiene personal que se destinan a la sanitización de las manos, por lo cual es necesario que cumpla con los estándares de calidad y pureza establecidos por la Farmacopea Argentina para uso medicinal", explicó el texto publicado en el Boletín Oficial.

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