"Pirotecnia Cero": Proponen prohibir la venta y uso de fuegos artificiales en todo el país
Plantea la prohibicióm de comercialización, tenencia, distribución y venta de artificios pirotécnicos cuyos efectos audibles o sonoros sean superiores a 84 decibeles. El proyecto lleva la firma del diputado oriundo de Bolívar, Eduardo 'Bali' Bucca. Fundamentan la propuesta en su peligrosidad y en las personas que sin utilizarlos se ven perjudicadas, como personas que sufren trastorno del espectro autista (TEA), y Trastorno Generalizado en Desarrollo (TGD).
Un proyecto de ley propone la prohibición en toda la Argentina "la comercialización, exhibición, tenencia, manipulación, uso particular, fabricación, depósito, transporte, distribución y venta al público mayorista o minorista y venta ambulante en la vía pública, de artificios pirotécnicos cuyos efectos audibles o sonoros sean superiores a 84 decibeles" como así también de "los globos aerostáticos de pirotecnia".
La propuesta surge de "la propia peligrosidad" de estos artefactos ya que "los usuarios y espectadores de éstos productos son los principales -aunque no los únicos- perjudicados, al sufrir quemaduras de diversa gravedad, lesiones auditivas u oculares, intoxicaciones o pérdida de miembros".
También es por "el daño que sufren los ancianos y los bebes, y en particular las personas que sufren trastorno del espectro autista (TEA), y Trastorno Generalizado en Desarrollo (TGD), siendo una de las características de estos trastornos la sensibilidad auditiva".
Instituciones que representan a familiares de personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA), protectoras de animales y ambientalistas se manifestaron a favor de la iniciativa. Por su parte también fue escuchada la Cámara Argentina de Empresas de Fuegos de Artificios y el Sindicato de Obreros y Empleados de la Industria del Fósforo (SOEIFEPVA) en el Congreso durante la presentación de la norma.
Como excepción, el proyecto prevé permitir "la producción, fabricación, importación, transporte, comercialización y manipulación de artefactos de pirotecnia que únicamente produzcan efectos lumínicos, cuyos efectos sonoros en el aire sean inferiores a 84 decibeles".
Asimismo establece multas desde los tres mil quinientos pesos ($3.500) a los ciento cincuenta mil pesos ($150.000) para quien incumpla la ley así como decomisos o clausuras.