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    Programa "Acompañamiento Social", ex Potenciar trabajo: El Gobierno actualizó los requisitos

    El Ministerio de Capital Humano modificó las condiciones de esta asistencia destinada a beneficiarios de más de 50 años y madres de cuatro o más hijos menores de 18 años en condiciones de vulnerabilidad social.

    31 de mayo de 2026 | 14:30
    Nuevos requisitos del ex Potenciar Trabajo, ahora Acompañamiento Social
    Nuevos requisitos del ex Potenciar Trabajo, ahora Acompañamiento Social

    El Programa de Acompañamiento Social continúa vigente para miles de personas que formaban parte del ex Potenciar Trabajo, y funciona bajo la órbita del Ministerio de Capital Humano.

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    Ahora, la cartera nacional que conduce Sandra Pettovello avanzó con nuevas condiciones y controles que impactan directamente en quienes perciben esta prestación.

    La iniciativa está orientada a personas en situación de vulnerabilidad social y busca acompañar a quienes presentan mayores dificultades para incorporarse al mercado laboral. El monto continuará siendo de 78.000 pesos.

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    En paralelo, el Gobierno mantiene otros programas de capacitación e inserción laboral, como Formando Capital Humano, destinado a desocupados y trabajadores con ingresos bajos.

    Entre los cambios más relevantes, Capital Humano reforzó las incompatibilidades y los mecanismos de verificación de datos. Esto significa que algunos beneficiarios podrían perder el acceso si no cumplen con los requisitos exigidos por la normativa vigente.

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      Acompañamiento Social: cuáles son los requisitos para seguir cobrando 

      Para mantener el beneficio, los titulares deben cumplir con las condiciones establecidas por el Ministerio de Capital Humano y evitar situaciones consideradas incompatibles con la asistencia.

      Entre las principales incompatibilidades se encuentran:

      • Registrar ingresos o patrimonio que superen los límites previstos para el programa. 
      • Presentar información falsa en declaraciones juradas. 
      • Ser empleador registrado. 
      • Poseer más bienes o activos de los permitidos por la normativa. Incumplir los controles y verificaciones solicitados por el organismo. 

      De acuerdo con la normativa, quedarán excluidos del Programa de Acompañamiento Social quienes:

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      • sean prófugos de la Justicia
      • permanezcan detenidos por orden judicial
      • cumplan condenas penales con sentencia firme

      El nuevo apartado fue incorporado dentro de la sección denominada "Situación Penal" del reglamento operativo del programa.

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