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    Prórroga para la emergencia económica y tarifaria de empresas recuperadas de Provincia

    El beneficio se enmarca en la ley N° 15.485. Existen 189 Empresas y Fábricas recuperadas en territorio bonaerense, según el último censo del sector.

    24 de septiembre de 2025 | 14:49
    Trabajadores de una empresa recuperada
    Trabajadores de una empresa recuperada|PH: Internet

    El gobernador Axel Kicillof firmó el decreto que extiende por un año la emergencia económica, financiera y tarifaria de las empresas recuperadas en toda la provincia de Buenos Aires.

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    El decreto 2475/2025 alcanza a cooperativas de trabajo y emprendimientos gestionados por sus trabajadores tras procesos de quiebra, cierre o vaciamiento empresarial.

    La medida tiene como objetivo paliar una situación compleja que, de acuerdo a los considerandos, no cesó desde la entrada en vigencia de la ley 15.485 “sino que se han agudizado producto de las políticas económicas nacionales que afectan gravemente al sector productivo y a las cooperativas”.

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    El decreto subraya además que el proceso de recuperación de empresas por parte de sus trabajadores es de interés provincial y busca garantizar su continuidad frente al actual contexto de crisis económica. Y destaca que las empresas beneficiarias deberán continuar inscriptas en el Registro Provincial de Cooperativas para acceder a los beneficios de la emergencia.

    Según los datos del Censo de Fábricas y Empresas Recuperadas que llevó adelante el Instituto de Asociativismo y Cooperativismo de la provincia de Buenos Aires (IPAC), de los datos preliminares del relevamiento se desprende que a nivel provincial existen 189 Empresas y Fábricas recuperadas, lo que representaría aproximadamente un 47% del total nacional -donde se registran unas 400 entidades vigentes-.

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    El texto oficial de la ley N° 15.485 apunta a proteger a las empresas conformadas como cooperativa de trabajo (o su trámite de constitución), que se encuentren gestionadas por su planta laboral provenientes de una empresa anterior que entró en cesación de actividades, quiebra, cierre del establecimiento, abandono de titulares, entre otras causales. Cabe resaltar que los sujetos alcanzados deberán estar inscriptos en el Registro Provincial de Cooperativas de la Provincia.

    Como puntos esenciales, están la suspensión de ejecución de sentencias de desalojo, y la suspensión de corte de servicios públicos. De esta manera se suspenden las acciones judiciales en el estado que se encuentren, que tengan por finalidad ordenas y/o ejecutar el desalojo de las Empresas Recuperadas. Además, en cuanto a los servicios de energía eléctrica, agua potable, y desagües cloacales, los prestadores de servicios deberán otorgar planes con facilidades de pago para la cancelación de deudas, sumado a la prohibición de cortes de suministros de los servicios públicos. 

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