Puan: Municipales rechazan inscripción con el nombre del intendente en ropa de trabajo
Las prendas para los empleados llevan el slogan “Gestión Intendente Lic. Diego Reyes”. La Asociación de Obreros y Empleados Municipales (AOEM) .
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La Asociación de Obreros y Empleados Municipales (AOEM) de Puan enfrentó una polémica medida del gobierno del intendente Diego Reyes (PRO), ya que se mandó a estampar su nombre en la ropa de trabajo entregada a los empleados.
Las prendas llevan el slogan “Gestión Intendente Lic. Diego Reyes”. La medida generó un fuerte rechazo entre los trabajadores y provocó una presentación formal. En la nota con fecha 13 de agosto de 2026, firmada por el secretario adjunto Juan Cruz Goñi, el sindicato adherido a la FESIMUBO le exigió al ejecutivo municipal “el retiro y discontinuación inmediata de la leyenda en toda la ropa provista”.
En el escrito presentado en la Intendencia el gremio señala que la chomba entregada "excede claramente la mera identificación institucional del Estado municipal, utilizando de esta manera bienes públicos (las prendas de trabajo, adquiridas y provistas con fondos del erario municipal) con una finalidad ligada a la promoción de la gestión del gobierno de turno".
Además, el sindicato le otorgó un plazo de 10 días hábiles al Municipio para que brinde un informe detallado sobre quién autorizó la medida. De no corregirse la situación, desde AOEM advirtieron que avanzarán con las denuncias administrativas y judiciales correspondientes ante los órganos de control como el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
La presentación sindical remarca que la actitud de la gestión de Reyes es una violación de la Constitución Nacional y de la Provincial. También viola la Ley de Ética Pública, ya que el artículo 2 de la Ley 25.188 “obliga a proteger los bienes públicos y usarlos exclusivamente para los fines autorizados, prohibiendo la autopromoción”.
Y, también, la Ley 14.656 de Empleo Municipal, que “establece que la indumentaria de trabajo tiene una finalidad estrictamente funcional y de seguridad laboral (art. 17), prohibiendo a la par el uso de bienes o recursos municipales con fines particulares o partidarios (art. 104)”.
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