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    Residuos fitosanitarios: La Justicia confirma sanción a empresas impuesta por el OPDS

    La ley obliga a las empresas que venden productos fitosanitarios (agroquímicos) a organizar, operar, mantener y financiar un sistema de gestión integral de envases. La Justicia confirmó sanciones millonarias impuestas en el mes de abril.

    10 de noviembre de 2021 | 18:53
    Residuos fitosanitarios: La Justicia confirma sanción a empresas impuesta por el OPDS

    El Juzgado en lo Correccional N° 5 de La Plata a cargo del juez Diego Tatarsky resolvió a favor del proceso sancionatorio que el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) inició en abril a empresas productoras de fitosanitarios.

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    Las firmas Basf Argentina S.A., Red Surcos S.A., Cofco International Argentina S.A. y Rotam Argentina S.R.L. recibieron sentencia de primera instancia, confirmando la sanción que les fuera impuesta por el OPDS por infracción a la ley nacional 27.279, que obliga a las empresas que venden productos fitosanitarios (agroquímicos) a organizar, operar, mantener y financiar un sistema de gestión integral de envases, según se informó.

    "Las compañías mencionadas, representadas por la Fundación Campo Limpio, no adecuaron su gestión a la normativa vigente en el plazo previsto por la Ley y fueron multadas por $49.460.154 (Basf Argentina), $12.062.398 (Red Surcos), $8.992.755 (Rotam Argentina) y $6.982.356 (Cofco)", se indicó desde el organismo.

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    El OPDS indicó que "la Justicia confirmó estas sanciones con una reducción de un diez por ciento “en función de lo resuelto en materia de atenuantes y agravantes”. De los más de 13 millones de envases declarados y volcados al mercado de la provincia de Buenos Aires durante 2019, las empresas recolectaron poco más de 1 millón, lo que representa un aproximado de 8% del total de los envases que les correspondía gestionar".

    "Más de 12 millones de envases fueron abandonados en los campos o pasaron a formar parte de circuitos ilegales de recolección, reciclado y disposición final de plástico y otros materiales. La gestión deficiente de este tipo de envases representa un peligro potencial para el ambiente y la salud", apuntaron.

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    El OPDS, como órgano ejecutor de la Ley Nacional 27.279 para todo el territorio bonaerense, "llevó adelante en tiempo y forma los procesos de notificación (1110 notificaciones a 107 empresas apercibidas y/o sancionadas) y posteriormente, como señala la letra de la Ley, procedió a multar por un total de más de 700 millones de pesos a 26 empresas en infracción".

    "Durante la segunda quincena de octubre el fuero penal resolvió el recurso de apelación interpuesto por la Fundación Campo Limpio, fallando a favor de lo señalado por la resolución administrativa dictada por la Subsecretaría de Fiscalización y Evaluación Ambiental de OPDS", se indicó.

    En su fallo, el juez Tatarsky señala el incumplimiento de varios artículos de la Ley 27.279 por parte de las empresas y Campo Limpio, quien “no ofreció prueba alguna que desmienta los extremos afirmados por el informe (elevado por el OPDS), en tanto y en cuanto indicaban en lo esencial, que no se había adecuado el régimen legal dentro del plazo, y que incumplía con la debida gestión de los envases vacíos de los productos fitosanitarios que vendía”.

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    El fallo agrega que “…de lo señalado se advierte que el informe no es nulo −sino que, en tal caso, se lo debió desmentir prueba mediante− y de ello se deduce que no hay nulidad del procedimiento sancionatorio”.

    "La correcta implementación de un sistema de gestión de envases –obligación de las empresas, que OPDS controla- previene la contaminación del agua y el suelo, resguardando la salud de las y los trabajadores y productores agrícolas y de la población en general, preservando los ecosistemas y los servicios ecológicos. De esta manera se garantiza una gestión segura de los envases y se contribuye al circuito de recuperación y revalorización de residuos para la elaboración de nuevos productos en base a plástico reciclado", se remarcó.

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