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    Salud creó el registro del programa de cannabis para el cultivo controlado medicinal

    A través del Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN) los usuarios podrán inscribirse con el fin de obtener autorización para cultivar la mencionada planta como tratamiento medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor. El coordinador del Programa Nacional de Investigación sobre los Usos Medicinales del Cannabis, Marcelo Morante explicó que el fin es "ampliar o proteger derechos individuales".

    12 de marzo de 2021 | 20:54
    Salud creó el registro del programa de cannabis para el cultivo controlado medicinal

    La autorización que se obtiene a través de la inscripción tendrá vigencia de un año. La misma puede realizarse en https://reprocann.salud.gob.ar y es requisito "excluyente" contar con indicación médica de uso de cannabis y sus derivados por parte de un profesional médico.

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    De esta forma, los usuarios que acceden a la planta de cannabis y sus derivados, los terceros cultivadores y los médicos tratantes deberán contar con usuario vigente en la plataforma Argentina.gob.ar.

    El coordinador del Programa Nacional de Investigación sobre los Usos Medicinales del Cannabis, Marcelo Morante, explicó que "la resolución surge como respuesta al artículo 8 insuficiente de la Ley 27.350, con el fin de ampliar o proteger derechos individuales para que quien requiera un cultivo terapéutico y el acompañamiento médico lo puede hacer bajo la autorización del Ministerio de Salud de la Nación".

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    En el anexo II de la resolución se autoriza el cultivo de entre una y nueve plantas florecidas, en hasta seis metros cuadrados en interior (en el exterior no estará permitido cultivar) y se pueden transportar entre 1 y 6 frascos de 30 mililitros o hasta 40 gramos de flores secas.

    El Decreto 883/2020 amplía la utilización del cannabis más allá de la epilepsia refractaria, creó las condiciones necesarias para permitir el autocultivo controlado y sacar de la clandestinidad a muchas familias del país; asimismo garantiza provisión para pacientes, fomenta la investigación y la producción pública y privada de aceite y otros derivados.

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    La nueva reglamentación contó con el consenso y participación de organizaciones de madres y usuarios y organismos estatales como la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), el Instituto Nacional de Semillas (INASE), la Red de Cannabis y sus Usos Medicinales (RACME) del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET), el Consejo Interuniversitario (CIN), la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos (ANLAP), y la Comisión Nacional de Evaluación de Tecnologías en Salud (CONETEC) y la Defensoría del Pueblo de la Nación.

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