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    Tolerancia Cero de Alcohol: En qué municipio funciona, cuál se quiere adherir y la idea de provincializarla

    En la mayoría de los 135 municipios se prohíbe conducir con una alcoholemia superior a 500 miligramos por litro de sangre. General Pueyrredón tiene "Tolencia Cero", Vicente López pretende lo mismo y la Defensoría del Pueblo quiere aplicar la medida en toda la Provincia

    17 de noviembre de 2019 | 08:58
    Tolerancia Cero de Alcohol: En qué municipio funciona, cuál se quiere adherir y la idea de provincializarla

    Como la Provincia de Buenos Aires adhiere a la Ley Nacional 24.449, se prohíbe conducir cualquier tipo de vehículos con una alcoholemia superior a 500 miligramos por litro de sangre y de 200 miligramos por litro de sangre para quienes conduzcan motocicletas o ciclomotores. General Pueyrredón, a través de un decreto, estableció “Tolerancia Cero” en 2018. Hay un proyecto similar en Vicente López y la Defensoría Bonaerense quiere provincializar la medida.

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    General Pueyrredón y “Tolerancia Cero”

    El 25 de septiembre del 2018 comenzó a regir la “Tolerancia Cero” en el municipio que incluye a Mar del Plata y Batán. A traves del decreto N°1980 “queda prohibido, en todo el territorio del Partido de General Pueyrredón la conducción de cualquier tipo y/o especie de vehículo y/o medio de transporte con una presencia de alcohol en sangre superior a CERO (0) miligramos por litro de sangre”.

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    Por su parte, el artículo 3, establece que “queda prohibido, en todo el territorio del Partido de General Pueyrredón la conducción de cualquier tipo de vehículos bajo el consumo de estupefacientes y/o psicotrópicos y/o cualquier otra sustancia que disminuya la aptitud de conducir".

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    Vicente López quiere imitar a General Pueyrredón

    La concejala de la Coalición Cívica, Meneca Djedjeian, impulsa en el municipio que conduce Jorge Macri, una medida similar a la de General Pueyrredón. En noviembre de este año, presentó un proyecto en el Concejo Deliberante para implementar la Tolerancia Cero al alcohol en sangre para conducir cualquier tipo de vehículo en este municipio.

    “El Municipio en ejercicio de su poder de policía puede disponer exigencias distintas a lo establecido en la ley y su reglamentación, fundado en circunstancias locales específicas”, señaló Djedjeian en su proyecto para justificar la implementación de una medida distinta a lo que dice la Ley Nacional.

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    El Proyecto de Ordenanza presentado promueve la implementación de un programa de educación y concientización vial destinado a la ciudadanía. “Las provincias de Córdoba, Salta, La Rioja y Municipios como Neuquén Capital y General Pueyrredón de la Provincia de Buenos Aires, establecieron la prohibición de conducir habiendo consumido bebidas alcohólicas, en cualquier grado”, destacó la legisladora de la CC ARI

    Defensoría Bonaerense y la extensión a toda la Provincia

    En septiembre del corriente año, el titular de la Defensoría del Pueblo, Guido Lorenzino, pidió avanzar en la aplicación de una ley de alcohol cero en toda la provincia de Buenos Aires, para prevenir accidentes viales vinculados al consumo de bebidas.

    “Los controles no alcanzan para reducir los siniestros, por eso es necesario profundizar con las acciones de toma de conciencia, además de aplicar tolerancia cero para los conductores que hayan tomado alcohol antes de subirse a un auto”, sostuvo Lorenzino.

    ¿Cuáles son las penas ante la ingesta de alcohol no permitida?

    Tanto en los municipios donde rige la Ley Nacional como en General Pueyrredón, las consecuencias son las mismas. Si se constata el estado de alcohol no permitido procederán de la siguiente manera:

    El inspector interviniente tiene la facultad de: 
    1. Incautar preventivamente el vehículo.
    2. Incautar la licencia de conducir.

    El Juez de Faltas interviniente podrá:
    1. Confirmar el secuestro del rodado y la documentación realizado por el inspector.
    2. Aplicar una multa.
    3. Disponer inhabilitación para la conducción de automotores.

    La primera vez que sea infraccionado se le inhabilita por un periodo de seis meses para conducir. La segunda vez por un periodo de doce meses y, en caso de segunda reincidencia, la inhabilitación será definitiva.

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