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    Vencimientos de tarjetas de crédito podrán cancelarse el 13 de abril sin recargo

    Lo determinó el Banco Central y la fecha prevista coincide con el fin de la cuarentena dispuesta hasta el momento. Además, los saldos impagos de créditos otorgados por entidades financieras cuyas cuotas vencen entre el 01/04 y el 30/06 no devengarán intereses punitorios.

    1 de abril de 2020 | 11:13
    Vencimientos de tarjetas de crédito podrán cancelarse el 13 de abril sin recargo

    Así lo determinó el Banco Central de la República Argentina (BCRA). La fecha coincide con el fin de la cuarentena extendida, hasta el momento, al 12 de abril. La entidad financiera puso tope a la tasa de financiación y aclaró que los saldos impagos de los créditos no devengarán intereses.

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    Los vencimientos de las tarjetas de crédito podrán cancelados el 13 de abril, sin ningún recargo. Desde ahora, la tasa de financiamiento no podrá superar el 49%.

    En cuanto a los saldos impagos de créditos otorgados por entidades financieras cuyas cuotas vencen entre el 01/04 y el 30/06, no devengarán intereses punitorios.

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    El BCRA, a través de la Comunicación A6949, confirmó además la apertura de los bancos prevista para el 03/04.

    Solo abrirá para la atención de beneficiarios de haberes previsionales y pensiones integrantes del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) o de aquéllos cuyo ente administrador corresponda a jurisdicciones provinciales o a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o beneficiarios de prestaciones, planes o programas de ayuda abonados por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) u otro ente administrador de pagos.

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