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    Camino a las PASO 2021: ¿Cuándo un voto es en blanco, nulo o recurrido?

    Por diferentes circunstancias, un sufragio puede ser considerado como no válido. En ese sentido, son tres las categorías posibles en los que encuadrarlo. La clasificación corre por cuenta del presidente de mesa y sólo puede ser asistido por el vocal titular que cumpla el rol de vicepresidente, aunque los fiscales tienen injerencia para recurrir votos.

    8 de septiembre de 2021 | 18:30
    Camino a las PASO 2021: ¿Cuándo un voto es en blanco, nulo o recurrido?

    El voto será calificado en blanco cuando el sobre se encuentre totalmente vacío o en el caso de que, en el interior, se halle un papel de cualquier color, pero sin inscripciones ni imagen de ningún tipo.

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    Por su parte, el nulo tiene sus particularidades. En principio, se debe cotejar el voto nulo para todas las categorías (legisladores nacionales, provinciales y ediles): esto sucederá cuando, en los tres cuerpos de la boleta, hubiera inscripciones anotadas; destrucción o tachaduras que impidan visualizar el nombre de la fuerza política o de la categoría a escoger; se presenten, dentro del sobre, elementos extraños en compañía de la papeleta oficial. Además, si figuran dos boletas de diferentes partidos para los mismos cargos; si aparece una boleta no oficializada o un papel de cualquier color, con alguna leyenda o imagen.

    A la vez, existe el voto nulo para alguna de las tres categorías, pero válido para las restantes: por ejemplo, cuando figure alguna inscripción sobre uno o dos de los cuerpos; dos papeletas de diferentes fuerzas para, al menos, uno de los cargos; destrucción o tachaduras que no permitan ver el nombre del partido o del cargo a elegir. En estas situaciones, se anulará el voto para las categorías implicadas en la irregularidad y se validará a las demás.   

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    En cuanto al voto recurrido, sucede cuando alguno de los fiscales de mesa no está de acuerdo con la calificación que el presidente le dio a un sufragio determinado. Sólo es posible efectuar esa salvedad en la instancia de escrutinio de la mesa y es imprescindible argumentar de manera explícita las causas. Se deben enviar a la Junta Electoral, para su posterior calificación en el conteo definitivo.

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