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    Capitán Sarmiento: Tras eliminar más de 100 impuestos, Iguacel anunció la estabilidad tributaria por 30 años

    El Concejo Deliberante aprobó por unanimidad la Estabilidad fiscal por 30 años. "Asegura que no puedan volver a meterle la mano en el bolsillo a los que dan trabajo",destacó el jefe comunal y definió el hecho como el "colorario de 2 años de trabajo en el q eliminamos 120 de las 130 tasas q había".

    2 de febrero de 2022 | 21:57
    Capitán Sarmiento: Tras eliminar más de 100 impuestos, Iguacel anunció la estabilidad tributaria por 30 años

    La Municipalidad de Capitán Sarmiento adhirió a la Ley Nacional de Promoción de la Economía del Conocimiento Nro. 27.570 y creó el Régimen de Promoción para las Empresas del partido "con el objeto de fomentar su establecimiento, consolidación y regularización, contribuyendo así al aumento de actividades productivas, progreso económico y a la creación de nuevos puestos de trabajo",señalaron en la Ordenanza.

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    El intendente Javier Iguacel, fue quien dio el anuncio a través de sus redes sociales y explicó: "En sesiones extraordinarias, el HCD x unanimidad aprobó: Estabilidad fiscal x 30 años q asegura q no puedan volver a meterla la mano en el bolsillo a los q dan trabajo; Desgravación total para actividades q pueden hacer al mundo sustentable".

    En Sarmiento se trabaja. En sesiones extraordinarias, el HCD x unanimidad aprobó: Estabilidad fiscal x 30 años q asegura q no puedan volver a meterla la mano en el bolsillo a los q dan trabajo; Desgravación total para actividades q pueden hacer al mundo sustentable. Copia, hilo pic.twitter.com/Ewjxfvd7dF

    — Javier Iguacel (@JavierJiguacel) February 2, 2022

    "Colorario de 2 años de trabajo en el q eliminamos 120 de las 130 tasas q había, las q quedaron son de las más bajas de la provincia y eliminamos toda la burocracia q generaba trabas para producir y dar trabajo", continuó.

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    Cabe destacar que podrán acceder a los beneficios otorgados por el presente régimen las personas humanas o jurídicas que desarrollen actividades económicas de todo tipo, sean comerciales, agropecuarias, otras primarias, industriales o de servicios en el ámbito del partido de Capitán Sarmiento.

    Podrán gozar de los beneficios establecidos en el presente artículo:

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    1. Todas las actividades establecidas en la Ley Nacional de Promoción de la Economía del Conocimiento 27.570 y sus modificatorias.
    2. los servicios de ingeniería, diseño, consultoría tecnológica y asistencia técnica directamente relacionados con las actividades promovidas.
    3. Industrias y/o servicios de diseño, fabricación de equipos y materiales para la generación de energías renovables.
    4. Actividades de producción de energías renovables.
    5. Actividades relacionadas con la separación, selección, transformación y reutilización de los residuos sólidos urbanos e industriales de forma tal que transformen los mismos en productos o materias primas cumpliendo el ciclo de economía circular.,
    6. Medios audiovisuales y/o productoras.
    7. Servicios informáticos
    8. Servicios relacionados con el comercio exterior.
    9. uevas tecnologías en el ámbito productivo.
    10. Publicidad.
    11. Consultoría
    12. Coworking.
    13. Servicios de enseñanza y capacitación
    14. Turismo receptivo.
    15. Clínicas de servicios médicos y geriátricos.
    16. Diseño y producción de medicamentos, insumos médicos y aparatología.
    17. Centros de servicio administrativo.

    Respecto la Estabilidad Tributaria se estableció por 30 años a todas las personas jurídicas o físicas que se encuentren habilitadas para realizar actividades económicas tales como prestar servicios, ejercer el comercio y/o todo tipo de actividades industriales, agropecuarias, etc. dentro del partido de Capitán Sarmiento y a todas aquellas que obtengan la habilitación correspondiente.

    Se entiende por estabilidad Tributaria a la garantía de no ser alcanzadas, ni sujetas a nuevas tasas de servicios, derechos o impuestos municipales ni incrementos de las mismas.

    Tal beneficio no comprende las actualizaciones por Ripte o inflación, de la Tasa de Inspección por Seguridad e Higiene, conforme lo regulado por la Ordenanza Fiscal Impositiva vigente Nro. 2752/21.

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    • 2° Sección
    • Capitán Sarmiento
    • Javier Alfredo Iguacel
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