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    Cierre de FATE: Provincia abre su instancia de negociación tras el vencimiento de la conciliación dictada en Nación

    Será por 15 días, con la intención de forzar el diálogo. La cartera laboral bonaerense intima a la empresa y al gremio a retrotraer la situación previa al conflicto.

    18 de marzo de 2026 | 17:50
    Cierre de FATE: Provincia dicta su propia conciliación
    Cierre de FATE: Provincia dicta su propia conciliación

    El gobierno de la Provincia de Buenos Aires, mediante una disposición de la Dirección Provincial de la Negociación Colectiva, dictó la apertura de un período de 15 días de negociación forzada entre la empresa con sede en San Fernando y el Sindicato Único de Trabajadores del Neumático Argentino (SUTNA), en un intento por destrabar la crisis tras el anuncio de cierre hace un mes.

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    Las autoridades laborales nacionales habían dictado previamente a una conciliación obligatoria que venció este mismo 18 de marzo, sin resultados.

    El gobierno bonaerense fundamenta su intervención en las facultades que le otorga la Ley 10.149, que regula los conflictos colectivos de trabajo en el ámbito provincial.

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    El secretario general del SUTNA, Alejandro Crespo, había solicitado la intervención del estado bonaerense al cumplirse un mes desde el inicio de lo que calificó como “un ilegal, inescrupuloso y temerario lock out patronal”.

    “El conflicto colectivo de trabajo planteado es de extrema gravedad", sostiene la resolución, y agrega que "por consiguiente resulta necesario disponer las medidas pertinentes a fin mantener la paz social y poner en funcionamiento los mecanismos legales a disposición, para promover una solución pacífica y legal al conflicto existente, en el marco de la competencia de esta Autoridad”.

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    La resolución establece una serie de obligaciones concretas para ambas partes, con el objetivo de frenar la escalada del enfrentamiento y generar condiciones mínimas para el diálogo. En ese sentido, intima a “la asociación sindical y a los trabajadores por ella representados, a dejar sin efecto, durante el período” de 15 días a “toda medida de acción directa que estuviesen implementando y/o tuvieran previsto implementar”.

    Y por otro lado dispone intimar a la empresa empleadora “a abstenerse de cualquier medida contraria a la buena fe negocial”.

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