Cristina Kirchner: "El Congreso ya puede sesionar virtualmente y nadie podrá cuestionar esa modalidad"
La vicepresidenta de la Nación manifestó que el Congreso podrá sesionar en forma virtual. Fue tras un fallo de la Corte que rechazó su pedido de certeza, definió que el poder Legislativo interpreta por sí mismo el reglamento.
Luego que la Corte Suprema de Justicia avaló que el Senado tiene el atributo de interpretar por sí mismo en cuanto a la forma de sesionar, en un fallo firmado por los cinco miembros del tribunal en una acordada virtual, la vicepresidenta Cristina Kirchner aseguró que ahora "nadie podra cuestionar" las sesiones virtuales que impone la cuarentena por la pandemia de Coronavirus.
Si bien la Corte rechazó en su acordada el pedido de certeza constitucional de la vicepresidenta, el máximo tribunal afirmó que ese cuerpo "tiene todas las atribuciones constitucionales para interpretar su propio reglamento en cuanto a la manera virtual o remota de sesionar, sin recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación".
"Listo! Salió el fallo de la Corte. El Congreso de la Nación ya puede sesionar virtualmente y nadie podrá cuestionar esa modalidad para la sanción de las leyes. Fin… Saludos a todos y todas", publicó Fernández de Kichner en su cuenta de Twitter.
Listo! Salió el fallo de la Corte. El Congreso de la Nación ya puede sesionar virtualmente y nadie podrá cuestionar esa modalidad para la sanción de las leyes. Fin… Saludos a todos y todas.
— Cristina Kirchner (@CFKArgentina) April 25, 2020
No obstante la decisión de la mayoría, el presidente del tribunal, Carlos Rosenkrantz, se pronunció en una disidencia parcial por rechazar “in limine” (sin argumentos), el pedido de la vicepresidenta.
Imperdible hilo de twits en el que Graciana Peñafort, Directora de Asuntos Jurídicos del Senado de la Nación, explica que cuando la Corte Suprema de Justicia de la Nación quiere tratar y resolver un asunto, lo hace… independientemente de cualquier legislación y jurisprudencia… https://t.co/1eNshHWTEg
— Cristina Kirchner (@CFKArgentina) April 22, 2020
Para fundar su desacuerdo, Rosenkrantz señaló que “la gravedad institucional invocada resulta ineficaz para habilitar la competencia originaria en un supuesto no previsto por la Constitución” y que “la competencia originaria de esta Corte se encuentra taxativamente fijada en la Constitución y no puede ser extendida ni limitada”. Sin embargo, con el voto de Rosatti, la Corte advirtió que “lo resuelto por este alto tribunal no implica avalar ni invalidar apriorístícamente ninguna norma futura que se sancione, presencial o no presencialmente”.
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