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    PolíticaAñadir como fuente en

    Cuarentena en Pinamar: Propietarios no residentes podrán ingresar al distrito con un permiso especial

    Para obtener el acceso a la comuna deberán justificar el motivo que no puede ser con fines vacacionales. Es para arreglar cuestiones de su vivienda, realizar trámites impostergables e incluso contratar personal de mantenimiento. Deben completar una declaración jurada online y esperar la autorización.

    20 de agosto de 2020 | 16:13
    Cuarentena en Pinamar: Propietarios no residentes podrán ingresar al distrito con un permiso especial

    Los propietarios no residentes podrán ingresar a Pinamar con unos pases especiales tras llenar una declaración jurada. Es para estadías cortas y con un motivo justificado vinculado a reparaciones de la propiedad, tramites impostergables o similares. Esta metodología ya se aplica en el distrito de La Costa.

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    ¿Cómo obtener el permiso?

    Los propietarios no residentes deben mandar su pedido al WhatsApp del Centro de Consultas por Aislamiento (CCA) al número +54 9 2254 58 5415 entre las 08.00 y las 22.00. Tras completar una declaración jurada y adjuntar la documentación requerida, se evalua cada pedido particular y se obtiene la respuesta de autorización.

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    ¿Qué se puede hacer con ese pase especial?

    La intención no es permitir estadías prolongadas con vistas a un descanso sino resolver lo impostergable o urgente con un argumento lógico. Es decir, reparaciones, filtraciones de agua, hechos de inseguridad, trámites, etc. También se puede contratar personal de mantenimiento. El tiempo de estadía dependerá de la justificación del propietario no residente-

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    Al aprobarse la solicitud se coordina un día y horario para el acceso al municipio. En la declaración jurada debe constar el alta de COVID-19, si hubiera cursando la enfermedad. El municipio de La Costa aplica una metodología similar.

    Hay que aclarar que, en caso de incumplir el motivo declararo, las penas están previstas en el Código Penal por violación de esa documentación o del decreto presidencial según el artículo 205.

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