El "diputado ensalada" quiere prohibir por ley que se incluyan tasas en los servicios
El legislador del PRO, Damián Arabia, presentó el proyecto para garantizar a "usuarios y consumidores a recibir una información adecuada, veraz y precisa" en sus facturas y "evitar distorsiones".
Damián Arabia, diputado nacional del PRO más afín al gobierno nacional, presentó u proyecto de ley para que quede "prohibido incluir en las facturas de luz, gas y agua, cualquier tasa, impuesto u otro concepto, municipal, provincial o nacional, que no sea exclusivamente el vinculado a las prestaciones del servicio".
Se trata del legislador que llevó desde su casa una ensalada de papas en el asadazo que compartió el presidente Javier Milei en la Quinta de Olivos. Es uno de los legisladores más leales a Patricia Bullrich que quedan en el bloque del PRO.
Según el proyecto, denominado “Ley de facturas de servicios públicos transparentes”, tiene por objeto "garantizar el derecho constitucional de los usuarios y consumidores a recibir una información adecuada, veraz y precisa, relativa al consumo de los servicios públicos esenciales regulados en la Ley 24.076, la Ley 24.065 y la Ley 26.221, y evitar distorsiones en la información y el monto a abonar, producido por conceptos ajenos a la prestación del servicio o improcedentes de ser incorporados en dicha factura".
En su artículo, establece que las facturas de los servicios públicos esenciales “deberán contener exclusivamente los cargos por el consumo realizado por el usuario, calculado éste según el cuadro tarifario vigente al momento de facturación, más los cargos por mayor consumo y subsidios si correspondiere, incluyendo sólo el impuesto al IVA e ingresos brutos, si correspondiere”.
Asimismo indica cuáles son los conceptos excluidos: "No se podrá incorporar en la facturación cualquier otro cargo, tasa o concepto ajeno a las obligaciones de prestación del servicio contratado. Los servicios públicos domiciliarios con legislación específica y cuya actuación sea controlada por los organismos que ella contempla serán regidos por esas normas y por la presente ley. En caso de duda sobre la normativa aplicable, resultará la más favorable para el consumidor. Los usuarios de los servicios podrán presentar sus reclamos ante la autoridad instituida por legislación específica o ante la autoridad de aplicación de la presente ley."
La norma también prevé sanciones para quienes no respeten la ley.
Cabe mencionar que el órgano regulador provincial, OCEBA, ya avisó que la ley provincial sí permite a los municipios cobrar tasas ajenas al servicio siempre y cuando sean autorizados.
Por otra parte, en las últimas horas, un fallo de la Justicia de Campana propinó un revés judicial para la estrategia de sacar gravámenes en las facturas de los servicios. Fue luego de que el apoderado de la Municipalidad de Pilar promoviera una acción de amparo contra el Ministerio de Economía de la Nación por causar un gravamen irreparable a los derechos constitucionales del distrito. Además, solicitó el dictado de una medida cautelar suspensiva.
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