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    Instalación de un bar junto al Faro de la Memoria de Mar del Plata: la Justicia rechazó la cautelar pedida por las ONG

    El Proyecto otorga un permiso por 5 años. La Cámara de Apelación confirmó el fallo de primera instancia. Los fundamentos.

    4 de octubre de 2024 | 20:08
    En los terrenos lindantes al Faro de la Memoria funcionó la ESIM (Escuela de Suboficiales de Infantería Marina).
    En los terrenos lindantes al Faro de la Memoria funcionó la ESIM (Escuela de Suboficiales de Infantería Marina).

    Luego de que el Concejo Deliberante de General Pueyrredón aprobara el Proyecto elevado por el Ejecutivo, a cargo de Guillermo Montenegro, se intensificó el conflicto con organizaciones ambientales y de Derechos Humanos (DDHH) que acudieron a la Justicia.

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    La iniciativa contempla otorgarle a una sociedad de fomento los terrenos lindantes al Faro de la Memoria, donde funcionó la ESIM (Escuela de Suboficiales de Infantería Marina), un excentro clandestino de detención y tortura durante la última dictadura militar.

    El permiso sería por 5 años con un canon anual de 3 millones de pesos que se actualizará por inflación. Concejales de Unión por la Patria y la Defensoría del Pueblo bonaerense también manifestaron su oposición.

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    La medida cautelar para impedir la instalación del bar de gin junto al Faro de la Memoria fue rechazada en primera instancia y este viernes, la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo confirmó la sentencia. 

    La demanda iniciada por la ONG Surfrider Argentina, junto a organismos de derechos humanos, contra la ordenanza que sancionó el Concejo Deliberante argumentaba que el proyecto infringe normativas ambientales al carecer de un estudio de impacto ambiental adecuado, lo que podría amenazar al ecosistema de la Reserva Paseo Costanero Sur.

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    Los jueces Roberto Daniel Mora y Diego Fernando Ucin fallaron en el mismo sentido que el titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 2, que ya había rechazado la medida cautelar, argumentando que la solicitud de Surfrider carecía de fundamentos sólidos.

    En su apelación, la ONG sostenía que la autorización otorgada por la ordenanza confronta con normativas destinadas a la protección del medio ambiente. Sin embargo, los magistrados consideraron que el único documento presentado fue un informe de prefactibilidad de enero de 2022, que no se relacionaba directamente con el proyecto en cuestión.

    Asimismo, en su decisión, la Cámara determinó que las disposiciones incluidas en la ordenanza son adecuadas para asegurar la protección ambiental y que la implementación del proyecto no causaría daños irreversibles mientras se analiza el caso en detalle.

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    En paralelo, cabe señalar que la semana pasada la Fiscalía hizo lugar a la presentación que realizaron los organismos de derechos humanos con el patrocinio del abogado César Sivo, por los delitos de abuso de autoridad, administración fraudulenta y defraudación a la administración pública. 

    En la denuncia, además de los 15 concejales que avalaron el proyecto, fueron incluidas las autoridades de la Sociedad de Fomento Faro Norte y de la empresa de gin La Restinga.

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