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    PASO 2023: ¿Cómo cortar boleta de manera correcta para que el voto no sea anulado?

    Una de las posibilidades es elegir candidatos de diferentes espacios, sin repetir la misma categoría. Una de las causas para declarar un voto nulo es que en el sobre haya "boletas oficializadas de distintas agrupaciones para un mismo cargo".

    12 de agosto de 2023 | 17:08
    ¿Cómo cortar boleta de manera correcta para que el voto no sea anulado?
    ¿Cómo cortar boleta de manera correcta para que el voto no sea anulado?

    Los electores tendrán la posibilidad de votar por distintas agrupaciones políticas y
    candidatos en las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) del próximo 13 de agosto.

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      Una posibilidad será cortar boleta y elegir a un precandidato a presidente de un partido y un precandidato a diputado o a gobernador de otro, por ejemplo. Todas las personas que elijan a dos candidatos para un mismo cargo sufrirán la anulación de su voto. 

      Según las informaciones brindadas por la Cámara Nacional Electoral (CNE), los
      votantes deberán colocar una sola lista por categoría para que su voto sea
      considerado como válido.

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      El recorte de boleta debe seguir la línea punteada que divide cada sección, de la forma más prolija y precisa posible para que no haya dudas en el conteo de votos.

      Las personas que vayan a cortar boleta pueden disponer de una tijera para no cortar erróneamente ningún dato o información importante sobre el candidato votado.

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      ¿Cuáles son los distintos tipos de voto?
       

      Votos validos:
      A. VOTOS AFIRMATIVOS:

      Se emite mediante boleta oficializada de una misma agrupación (o lista) para todas las categorías de cargos.

      Para cada categoría de cargos a elegir se emiten boletas oficializadas de diferentes agrupaciones (o listas).

      La boleta oficializada tiene tachaduras, agregados, roturas o sustituciones (borratina), siempre que el encabezado se encuentre intacto.

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      En el sobre hay más boletas oficializadas de la misma lista y categorías de cargos. Sólo se computará una y se destruirán las restantes.

      B. VOTO EN BLANCO

      El sobre se encuentra vacío.

      El sobre contiene un papel (de cualquier color), sin imágenes, textos ni objetos extraños.

      El sobre contiene una boleta oficializada, pero le falta el cuerpo correspondiente a una categoría. En ese caso, se considerará ¨voto en blanco¨ solo para dicha categoría

      Votos nulos:

      Se emite mediante boleta no oficializada. Por ejemplo, boletas de elecciones anteriores y/o de otros distritos.

      En el sobre junto con la boleta se hallan incluidos objetos extraños a ella, tales como monedas, estampitas, etcétera.

      Boletas oficializadas de distintas agrupaciones para un mismo cargo.

      Boletas oficializadas de distintas listas de una misma agrupación política para la misma categoría de cargos.

      Boletas oficializadas que por destrucción parcial, defecto o tachaduras, no contengan, por lo menos, el nombre del partido y la categoría de cargos a elegir.

      Boletas oficializadas que contienen inscripciones y/o leyendas de cualquier tipo, salvo en los casos de tachaduras, agregados o sustituciones.

      Votos recurridos:

      Son aquellos cuya validez o nulidad fuera cuestionada en el escrutinio de mesa por algún fiscal. En estos casos el fiscal que recurre:

      a. Deberá fundamentar su pedido con una “expresión concreta de la causa”;

      b. Asentará tales motivos en el formulario especial provisto por la Justicia Nacional Electoral;

      c. Consignará sus datos, nombre y apellido, número de documento cívico, domicilio y agrupación política (o lista), y firmará el formulario.

      El formulario se adjuntará a la boleta y al sobre respectivo para ser enviado al Juzgado Federal con competencia electoral o a la Junta Electoral Nacional respectivamente.

      Votos de identidad impugnada:

      Voto sobre el cual Usted, el Vicepresidente (vocal auxiliar) o los/as fiscales consideran que el votante no es el titular del documento cívico que presenta.

      Debe seguir este procedimiento en el caso de que se presente un elector identificado –con un grisado- en el padrón como “ausente por desaparición forzada”.

      Los votos de identidad impugnada serán contabilizados, pero no abiertos ni escrutados en la mesa.

      Se enviarán cerrados a la Justicia Nacional Electoral para que ésta decida sobre su validez o nulidad.

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