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    Provincia establece un régimen para el uso de las islas bonaerenses: De qué se trata

    Se creó un régimen de permisos de uso y tenencia precaria sobre las islas del litoral fluvial y marítimo, incluida Martín García. Allí se establece el Registro de Islas Bonaerenses de Dominio Público.

    23 de septiembre de 2026 | 22:15
    Una embarcación en el delta bonaerense
    Una embarcación en el delta bonaerense

    El Gobierno bonaerense estableció un régimen específico para otorgar permisos de uso y tenencia precaria sobre los inmuebles de dominio público de las islas del litoral fluvial y marítimo bonaerense y de la Isla Martín García.

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    El Decreto N° 1.517/2026, promulgado por el gobernador Axel Kicillof el pasado 9 de septiembre y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires el 16 de septiembre, busca ordenar, regularizar, preservar y controlar el uso de estas tierras de acuerdo con criterios de interés general, eficiencia administrativa y sustentabilidad ambiental.

    Asimismo, la norma fija un marco jurídico uniforme sobre el destino de los inmuebles, el plazo, la conservación, el control, el pago de canon, la extinción del permiso y la restitución de los bienes.

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    También contribuye a regularizar situaciones de ocupación de hecho, sin alterar la titularidad estatal ni el carácter público de las islas. Incorpora, además, criterios de gestión territorial y ambiental para que los usos autorizados sean compatibles con la sustentabilidad del sistema isleño, la protección de los humedales y la preservación de su biodiversidad.

    El decreto, además, crea el Registro de Islas Bonaerenses de Dominio Público, que será administrado dentro de la estructura ya existente con la que cuenta la Subsecretaría de Asuntos Territoriales del Ministerio de Gobierno, y centralizará la información sobre los inmuebles y los permisos otorgados, sirviendo como herramienta de relevamiento, planificación y control. Este nuevo registro reemplaza al Registro de Bienes de Dominio Público del Delta, creado en 2020, e incorpora a las islas situadas fuera del Delta.

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    Entre los fundamentos para la adopción del nuevo ordenamiento está el hecho de que los antiguos regímenes de venta o colonización de islas no resultan compatibles con el ordenamiento jurídico vigente: el Código Civil y Comercial de la Nación, que rige desde 2015, estableció que las islas ya no pueden ser vendidas. En tal sentido, las islas pertenecen al dominio público del Estado y están destinadas a una finalidad pública, razón por la que son inalienables e imprescriptibles.

    Mediante los permisos, la administración provincial otorga el uso por un plazo determinado, para un destino específico y con condiciones y prohibiciones que deben cumplir los permisionarios. Son de carácter precario y pueden revocarse por razones de oportunidad, mérito o conveniencia, sin derecho a indemnización o compensación.

    Como próximo paso hacia la implementación del régimen, el Ministerio de Gobierno bonaerense dictará una resolución que apruebe el procedimiento administrativo para tramitar los permisos. También se desarrollará una Mesa de Entrada Digital para realizar las gestiones.

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