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    Tigre adhiere a la emergencia sanitaria de la Provincia de Buenos Aires

    El intendente firmó un decreto que adhiere a las disposición del gobierno provincial. Facultades extraordinarias al ministerio de Salud y suspensión de todo evento cultural, artístico, recreativo, deportivo y social de participación masiva por 15 días.

    13 de marzo de 2020 | 18:00
    Tigre adhiere a la emergencia sanitaria de la Provincia de Buenos Aires

    A través de un decreto firmado por el intendente Julio Zamora, se pusieron en vigencia en el Municipio de Tigre las medidas dispuestas por el Gobierno provincial mediante el decreto N°132/20, debido a la pandemia de Coronavirus.

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    El escrito presentado por el gobernador Axel Kicillof este jueves 12 de marzo, declara emergencia sanitaria en todo el territorio bonaerense por el término de 180 días.

    El decreto provincial prevé garantizar las medidas necesarias para que el Ministerio de Salud de la Provincia pueda cubrir eficientemente la prestación del servicio de salud. Así, se lo faculta a suspender las licencias anuales del personal que preste servicio en los establecimientos hospitalarios de la Provincia y a resolver la contratación de personal temporario.

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    Para atender las necesidades de equipamiento e insumos para afrontar la emergencia sanitaria, todos los procedimientos de contratación de bienes y de servicios llevados a cabo por la repartición ministerial, deberán tramitar con especial y prioritario despacho. Las tramitaciones deberán referenciar en forma clara y visible la siguiente frase: “Tramite preferencial – Atención por coronavirus (COVID-19)”.

    También se declara la suspensión durante 15 días, a partir del dictado del decreto, de todo evento cultural, artístico, recreativo, deportivo y social de participación masiva en la provincia de Buenos Aires; como así también las habilitaciones otorgadas por organismos provinciales para su realización. El plazo establecido podrá ser prorrogado, según las recomendaciones efectuadas por el Ministerio de Salud.

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    Las actividades y/o eventos que se encuentren programadas y cuya reprogramación no resulte posible, deberán realizarse sin presencia de público y aplicando en forma rigurosa las recomendaciones emitidas por las autoridades sanitarias.

    La medida faculta a autoridades de la administración pública provincial, a establecer modalidades de trabajo domiciliario, flexibilidad de horarios laborales y, en caso de corresponder, al cierre de las dependencias del sector.

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