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    El Gobierno prorrogó la emergencia agropecuaria en campos de ocho distritos de la Provincia de Buenos Aires

    La medida rige hasta el 28 de febrero de 2026. Habilita beneficios impositivos y crediticios para las explotaciones alcanzadas.

    11 de diciembre de 2025 | 21:45
    Muchos campos no pudieron drenar el agua tras las persistentes lluvias.
    Muchos campos no pudieron drenar el agua tras las persistentes lluvias.|PH: Internet

    El Ministerio de Economía extendió y amplió el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en zonas rurales de ocho partidos bonaerenses afectados por intensas lluvias y anegamientos durante el segundo semestre de 2025. Fue a través de la resolución 1974/2025.

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     La disposición abarca explotaciones ubicadas en los partidos de 25 de Mayo, Saladillo, Bragado, Lincoln, General Belgrano, Azul, Pila y Bolívar, y estará vigente entre el 1 de septiembre de 2025 y el 28 de febrero de 2026.

    La resolución, tomada a partir de la recomendación de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios, apunta a sostener a miles de productores afectados por un escenario hídrico crítico que dejó vastas superficies rurales fuera de operatividad.

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    El análisis técnico avaló el pedido elevado por la administración bonaerense para ampliar el alcance del régimen.

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      El texto oficial detalla que se prorroga la emergencia previamente declarada para las circunscripciones II, III, VII, VIII, IX, X, XI, XII y XIII de 25 de Mayo y las circunscripciones III a IX de Saladillo (decreto provincial 1180/2025). A la vez, se incorporan nuevas áreas: las circunscripciones V, VI y VII de Bragado; IV, V y VI de 25 de Mayo; II a XV de Lincoln; I y II de Saladillo; I a VII de General Belgrano; X a XXI de Azul; II a VII de Pila y VI de Bolívar.

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      La norma fija el 28 de febrero de 2026 como finalización del ciclo productivo de las explotaciones afectadas, una fecha clave porque determina el plazo para acceder a los beneficios fiscales y crediticios contemplados en la ley 26.509, que regula el régimen nacional de emergencia agropecuaria.

      Para entrar en el esquema, los productores deberán contar con un certificado provincial que acredite que sus campos están dentro de las zonas declaradas. La provincia deberá remitir a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional el listado completo de beneficiarios y la documentación respaldatoria.

      El Ministerio de Economía instruyó a las entidades bancarias públicas y mixtas y a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a garantizar el acceso a las herramientas previstas por la ley, que incluyen prórrogas o exenciones impositivas y créditos blandos para recomponer capital de trabajo en las explotaciones que continúan bajo agua.

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      Además, la resolución faculta al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca a firmar los convenios necesarios para implementar la medida en todo el territorio bonaerense.

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