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    Todo lo que se sabe del Pre Viaje 3: Fechas para viajar, límite para utilizar el crédito y dónde gastarlo

    Se oficializó el lanzamiento del Pre Viaje 3, el programa turístico que reintegra al pasajero el 50% de lo gastado pero faltan detalles a aclarar: ¿Los jubilados tienen el 70%? ¿en qué fechas se puede viajar? El límite para usar el crédito es más corto de lo esperado y las compras no pueden realizarse en efectivo. Todos los detalles punto por punto. 

    29 de junio de 2022 | 15:19
    Todo lo que se sabe del Pre Viaje 3: Fechas para viajar, límite para utilizar el crédito y dónde gastarlo

    Por Ramiro Pablo Gómez

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    El Ministerio de Turismo y Deportes que conduce Matías Lammens publicó en el Boletín Oficial la resolución que confirma el lanzamiento de la tercera edición del Pre Viaje 3 que confirma algunos ítems pero deja cuestiones sin detallar.

    Qué se sabe y cuáles son las dudas

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    ¿Los jubilados tienen el 70%?

    El programa reintegra al pasajero el 50% de lo gastado en su compra. Si usted compra un viaje por 50 mil pesos, el reintegro es de 25 mil. La resolución no aclara si los jubilados podrán acceder al beneficio con un 70% de reintegro como la edición anterior.

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    Montos minimos y máximos

    El monto mínimo y máximo para gastar no se modificó a pesar de la inflación siendo el primero 10 mil pesos y el tope de 100 mil.

    No están aclaradas las fechas para viajar

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    “El MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES dispondrá las fechas entre las cuales podrán adquirirse y usufructuarse los servicios turísticos susceptibles de generar beneficios. Asimismo, el MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES podrá modificar, limitar o extender dichas fechas durante el transcurso de la ejecución del PROGRAMA”, dice la resolución 303/2022.

    En un principio trascendió que las fechas para viajar serían entre el 15 de agosto y el 15 de diciembre pero después se acortaron del 1ro de septiembre al 1ro de diciembre. No hay confirmación de estas fechas todavía.

    Hasta cuándo se puede utilizar el crédito

    Como en las ediciones anteriores el plazo para utilizar el crédito era amplio se suponía que en la tercera ocurriría algo similar. El reintegro está disponible desde la fecha del viaje (a veces antes) hasta diciembre del 2022. Es decir, que no se puede utilizar en las vacaciones de verano ni durante el 2023.

    Este lapso corto difiere de la edición anterior donde se podía comprar para la temporada alta (enero, febrero y marzo) y utilizar el crédito durante todo el 2022.

    Una posibilidad de esta corta extensión es que prevean lanzar otro Pre Viaje específico para la temporada de verano, similar a la segunda edición.

    No se aceptan pagos en efectivo

    “Las compras anticipadas acreditadas por las personas beneficiarias deberán ser realizadas mediante transferencia bancaria, tarjeta de débito y/o crédito o billetera virtual habilitada para operar en el mercado nacional. No se reconocerá crédito por servicios que hubieran sido pagados en efectivo”, detalla la resolución.

    En las dos ediciones anteriores, el pasajero, podía pagar en efectivo.

    Dónde se puede utilizar el crédito

    Este ítem es igual a las ediciones anteriores. El dinero puede utilizarse en:

    • servicios de alojamiento en campings y/o refugios de montaña, hoteles, hosterías, cabañas, bungalows, aparts y residenciales similares, excepto por hora, hospedaje en estancias y albergues juveniles y servicios en apartamentos de tiempo compartido;
    • agencias de viajes: servicios de empresas de viajes y turismo, servicios de agencias de turismo y agencias de pasajes.
    • transporte: aerocomercial de cabotaje, terrestre de larga distancia y servicios de excursiones y/o traslado de trenes especiales y servicios de excursiones lacustres, fluviales y marítimas con fines turísticos, servicios de transporte automotor de pasajeros para el turismo, servicios de alquiler de equipos de transporte terrestre sin operación ni tripulación y sus respectivos servicios de explotación de terminales;
    • guías de turismo, instructores de algún deporte vinculado a la actividad turística, permanentes y/o estacionales;
    • servicios de centros: de esquí, de pesca deportiva, de turismo salud, turismo termal y/o similares, turismo aventura, ecoturismo o similares y otros centros de actividades vinculadas con el turismo;
    • alquiler de bienes: bicicletas, motocicletas, equipos de esquí, kayaks y otros artículos relacionados con el turismo;
    • bodegas, jardines botánicos, zoológicos, parques de diversiones, parques temáticos, entretenimientos, esparcimiento y ocio, explotación de playas y parques recreativos, museos y preservación de lugares y edificios históricos;
    • gastronomía: cafés, bares y confiterías, restaurantes, cantinas, restaurantes y cantinas con espectáculo, servicios de restaurantes y cantinas con espectáculo;
    • actividad comercial en terminales de aeropuertos y zonas francas que dependan de la actividad turística;
    • servicios de salones de baile y discotecas;
    • productos regionales: cadena de elaboración del chocolate, helados, alfajores, cervezas artesanales y otros comestibles;
    • otros servicios: venta de artículos y artesanías regionales, venta de artículos y artesanías regionales en ferias, antigüedades, talabartería de cuero, plata, alpaca y similares;
    • cines, producción de espectáculos teatrales y musicales y servicios de agencia de venta de entradas.
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